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Las Condenas
Durante más de un centenar de años el motivo del Niño en la Anunciación se difundió por Europa sin encontrar oposición, apareciendo en todos los países y en todos los campos de la actividad artística sin que los teólogos encontrasen nada reprensible en la iconografía. La primera condena del motivo aparece hacia 1440-1454 en la obra de San Antonio de Florencia, para el cual la presencia del Niño descendiendo del cielo completamente formado podría llevar a pensar que su cuerpo no se hubiera constituido a partir de la substancia materna.
Se ha supuesto que la condena del dominico florentino tuviera su explicación en el hecho de que el motivo del Niño tiene su origen en ambientes franciscanos con lo que el rechazo de San Antonino no sería más que un episodio de la conocida rivalidad entre ambas ordenes[2]. Sin embargo, el problema no es tan sencillo. Es cierto, como hemos visto, que la imagen es la expresión de la mística franciscana pero frente a lo que pudiera parecer, en la mayoría de los ejemplos tempranos de la iconografía aparecen, de una u otra forma, referencias a la orden dominica[3]. Las razones del rechazo hay que buscarlas en la personalidad del propio S. Antonino, celoso defensor de la ortodoxia en los turbulentos días del cisma (antes de ser nombrado arzobispo de Florencia ocupó el cargo de vicario de la Observancia para toda Italia), y en su intenso afán de dirigir espiritualmente no sólo a los monjes de su orden sin todas las actividades de la ciudad: la economía, el arte, la vida en suma. Por otra parte, la condena de las Anunciaciones con Niño no aparece en la obra del florentino como un hecho aislado sino unida al rechazo de otras muchas imágenes que él considera ridículas, apócrifas o monstruosas: las Trinidades trifrontes y trifaciales, los desnudos, las parteras en la Natividad... San Antonino es simplemente un retrógrado opuesto a cualquier originalidad y novedad y preocupado de someter a los artistas al criterio de los teólogos[4].
La condena de San Antonino por tanto hay que entenderla al margen de las disputas entre los mendicantes y cobra sentido frente a la opinión de quienes, como el cardenal Hugo de Saint-Cher (ca. 1200-63), sostenían que el cuerpo de Cristo había sido enviado desde el cielo ya formado. (vid. supra). Los argumentos de San Antonino los recogen más tarde los teólogos postridentinos, especialmente Molanus de Lovaina, intérprete de las ideas emanadas de Trento, al considerar a la imagen contaminada de la herejía valentiniana que postulaba que el cuerpo de Cristo había sido enviado del cielo ya formado, entrando en la Virgen tanquam per fistulam transisse[5].
Si la autoridad de San Antonino no fue suficiente para desterrar el motivo -todavía en la segunda mitad del XV son abundantes los ejemplos de la iconografía, algunos en la misma Florencia-, la condena de Trento[7] difundida en el tratado de Molanus tampoco resultó decisiva. En mi Tesina de Licenciatura solo mencionaba dos casos posteriores a las resoluciones del concilio y afirmaba que las condenas mencionadas solo se habían limitado a certificar la defunción de una imagen que ya hacía algún tiempo que había dejado de utilizarse.
Sin embargo, los ejemplares que he podido catalogar desde entonces obligan a replantearse la cuestión. No menos de 30 casos de los más de 360 que he recopilado son posteriores a Trento, al menos 20 lo son a la publicación del tratado de Molanus y hay varios de los siglos XVII y XVIII[8]. Todavía en el siglo XIX se hicieron algunas adaptaciones de la iconografía, e incluso en el siglo XX se retomó el tema (Dalí, Aldrich Rope…, nº 166 y 173), si bien no tengo claro que sus autores conocieran los ejemplos históricos y conscientemente decidieran recuperarlos (en todo caso, en los dos ejemplos citados parece clara la intención de subrayar el misterio de la Encarnación).
Esta pervivencia del motivo explica la persistencia de las condenas, convertidas quizá en un tópico para quienes pretendían definir la ortodoxia del arte católico. En el XVII, cuando en el arte el motivo estaba cayendo en desuso, el eco de las condenas de San Antonino y Molanus resuena en la obra del iconógrafo y pintor sevillano Francisco Pacheco, y, ya en el XVIII, en la del mercedario español Interián de Ayala. Ambos recurren a las citas del arzobispo florentino y a la autoridad de Molanus y reiteran las acusaciones de valentinianismo y de inducción al error para justificar su rechazo hacia el motivo. Ayala, cuya obra ejerció una notable influencia[9], califica a las obras en las que aparece como "rudas y ridículas", epítetos convertidos en tópicos en todas las referencias al motivo de los siglos XVII y XVIII [10]:
La nómina de sanciones contra el motivo culminaría, según algunos autores, con la condena ex cathedra de Benedicto XIV en el siglo XVIII[13]. No he podido encontrar, sin embargo, la menor referencia al motivo que nos ocupa en las obras del Papa Lambertini. Entre los que se refieren a la supuesta condena papal el único que cita la referencia concreta es Lipinsky pero la carta papal a la que se remite[14], en la que Benedicto XIV condena las Trinidades tricéfalas y trifaciales, no hace referencia al motivo del Niño en la Anunciación sino a las imágenes de la Virgen que muestran la Trinidad en su interior (las "Abrideras")[15], y es significativo que en el mencionado escrito, en el que se cita constantemente a San Antonino, Molanus e Interián de Ayala, se omita la condena al motivo del Niño y se interrumpa la cita de San Antonino -quien condena conjuntamente la Trinidad trifronte y la Anunciación con Niño- precisamente cuando éste pasa a condenar el motivo que nos ocupa[16]. Tampoco se refiere al motivo en su tratado De sacris imaginibus et nonnullus controversiis ad eas pertinentibus[17], en el que comenta las disposiciones de Trento y pasa revista a las imágenes lícitas y reprobables, ni en el capítulo que dedica a la Anunciación en su De Festis[18].
En la época de Benedicto XIV, seguía en vigor la iconografía en zonas como Portugal o Polonia, y seguían siendo muy populares, a pesar de las condenas y de las propuestas iconoclastas de Ayala[19], obras antiguas en las que aparecía el motivo, lo cual, explica que todavía a principios del siglo XIX la célebre estigmatizada alemana Ana Catalina Emmerick (1774-1824) en sus visiones, transcritas por Clemente Brentano, describa a María, tras la partida de Gabriel, inspirándose en las Anunciaciones con Niño: “Desaparecido el ángel he visto a María arrobada en éxtasis profundo, en absoluto recogimiento. Pude ver que ya conocía y adoraba la Encarnación del Redentor en si misma, donde se hallaba como un pequeño cuerpo humano luminoso, completamente formado y provisto de todos sus miembros”[20]. [1] San Antonio de Florencia, Summa Theologica, III, tit. 8, 4, II. La cita deja claro que el problema no es el motivo en sí, sino la confusión que puede producir cuando se utiliza en la escena de la Anunciación, de ahí que las condenas nunca se hicieran extensivas a las adaptaciones que se hicieron de la iconografía (vid. supra nota NOTEREF _Ref331862366 34). [2] LIPINSKY (1954), p. 260. [3] ROBB (1936), p. 524 nota 157. [4] Sobre la figura de San Antonino el estudio más completo sigue siendo el de MORÇAY (1914) a quien sigue básicamente D'ADDARIO (1961). Sobre su actividad como mentor iconográfico de Fra Angelico, Fra Benedetto y otros artistas florentinos véase CREIGHTON (1959) que destaca su consideración de la pintura como un arte liberal. De la influencia de la Summa en el arte se ha ocupado Frederick Hartt en varios de sus trabajos y, recientemente, SCOTTI (1983). [5] Puede parecer extraña la alusión a Valentino, un filósofo del siglo II cuyas doctrinas gnósticas sólo eran conocidas por las condenas de San Ireneo y Tertuliano recogidas por Santo Tomás de Aquino. Sin embargo, en los siglos XIV y XV coexistían todavía opiniones dispares con respecto al misterio de la Encarnación (vid. supra nota NOTEREF _Ref331862471 33), lo que puso de nuevo de actualidad las ideas de Valentino. A la herejía valentiniana se refiere probablemente también el maestro Johannes Eckhardt -él mismo sospechoso de herejía- cuando escribe, a comienzos del siglo XIV: "..secundum haereticorum dogma verbum assumpise caeleste corpus aliquod, non humanum, sed ideo dicitur de caelo descendere, quia non ex virili semine, ut alii dicunt haeretici, sed mystico spiramine verbum Dei factum est caro, secundum illud Luc. 1: "Spiritus Sanctus superveniet in te". (GÖSSMAN (1957), p. 211, nota 12). [6] Sigue la cita literal de San Antonio de Florencia. Molanus de Lovaina, De historia sanctorum imaginum et picturarum, pro vero earum usu contra abusus libri quatuor, (Libro II, cap. XXIII "Observatio circa historiam Annunciationis Dominicae". (Ed. de J.N. Paquot, Lovaina, 1771, pp. 70-71). (1ª ed. (De picturis et imaginibus sacris), Lovaina, 1570, fols. 39v-40r; ed. ampliada, Lovaina, 1594, fols. 121v-122v). [7] El decreto del Concilio de Trento sobre las imágenes (3-4 Diciembre 1563) se limita a dar unas indicaciones generales sobre la finalidad de las imágenes y el uso legítimo que puede hacerse de éstas, sin ocuparse de casos concretos. No obstante, a partir de lo que se estipula en el decreto ("que no se coloquen imágenes algunas de falsos dogmas, ni que den ocasión á los rudos de peligrosos errores"), los concilios provinciales y sucesivas generaciones de teólogos (Molanus, Paleotti, Bellarmino...) fueron concretando las imágenes susceptibles de inducir al error, como es el caso de la que nos ocupa. Sobre la influencia de Trento en el arte pueden consultarse los trabajos clásicos de DEJOB (1884) y MÂLE (1932), que coinciden en asignar a las disposiciones del Concilio un papel fundamental en la renovación de la iconografía. Posturas más recientes que tienden a minimizar o relativizar su influencia son las que mantienen FRANCASTEL (1970) y BLUNT (1964). El texto de las disposiciones conciliares, abundantemente citado, puede consultarse en edición bilingüe en LOPEZ DE AYALA (17984), pp. 355-60, y la mayoría de los tratados inspirados por éstas en BAROCCHI (1960). Para lo relativo a la influencia del decreto en la Península véanse: HORNEDO (1945); SARAVIA (1960); CAÑEDO-ARGÜELLES (1974) y (1982); PINTO CRESPO (1978-79) y RODRIGUEZ GUTIERREZ (1984). [8] En la actualidad realiza su Tesis sobre la iconografía postridentina de la Encarnación la doctoranda de la universidad de Lublin (Polonia) Barbara Niemczyk. [9] El original fue publicado en latín (Pictor Christianus, Madrid, 1730) pero pronto se hicieron traducciones (la castellana citada de Fr. Luís de Durán y de Basteró) y ediciones revisadas y resumidas como la de Luigi Napoleone Citadella, Istruzioni al Pittor Cristiano, Ferrara, 1854. Su obra influyó también en Benedicto XIV que le cita frecuentemente en términos elogiosos y sigue al pie de la letra sus ideas en materia de iconografía, remitiéndose a su autoridad cuando se plantean dudads sobre la licitud de alguna imagen. [10] Véanse los juicios de Pierre-Joseph de Haitze (1679) y de Fauris de Saint-Vincens (1790) sobre la Anunciación de Aix, en los que se prodigan los calificativos de "grotesco", "ridículo" etc., en referencia al motivo del Niño (BOYER (1959), pp. 302-303). [11] Francisco Pacheco, Arte de la Pintura (ca. 1638), cap. XII, "Pintura de la Anunciación de nuestra Señora" (Ed. de B. Bassegoda i Hugas, Madrid, Cátedra, 1990, p. 595. [12] Fr. Juan INTERIAN DE AYALA, El pintor christiano, y erudito ó tratado de los errores que suelen cometerse frecuentemente en pintar, y esculpir las Imágenes Sagradas. 8 Libs. 2 vols., Madrid, Imp. de Joachin Ibarra, 1782, Lib. I, cap. VII, nº 3, pp. 56-57. [13] KÜNSTLE (1926), I, p. 340; JEGLOT (1927) p. 56; ROBB (1936), p. 526; LIPINSKY (1954), p. 264, nota 15; SILVA MAROTO (1995), p. 58. [14] Literae Apostolicae ad Episcopum Augustanum (Solicitudine Nostrae, 1-Oct-1745), aparece recogida en su Opera Omnia (Roma, Imp. Palearini, 1751) dentro del tratado Acta et Decreta in causis Beatificationum et Canonizationum, vol. VI, cap. XII, y en el Bullarium, Venecia, Imp. de Joannis Gatti, 1778, pp. 250-255. [15] "Inter reprobatas Imagines Sanctissimae Trinitatis ea procul dubio recesenda est, quam pluribus infectantur Joannes Gerson [...] ubi nimirum repraesentabatur Dei para Virgo Trinitatem ipsam in utero gerens, quasi vero tota Trinitas humanam carnem ex Virgine Assumpisisset". Benedicto XIV. Op. cit. § 27. [16] Como señalan Boespflug y Besançon, Benedicto XIV en sus propuestas sobre las imágenes, que en muchos casos habría que calificar de iconoclastas, evita tocar el centro de la teología de la imagen, que es, en realidad, la Encarnación. (véase Boespflug (1984), p. 259 y BESANÇON (1994), p. 242) [17] Opera, vol. IV, cap. XXI, pp. 761 ss., Roma, Imp. Palearini, 1751. [18] De Festis Domine nostri Jesu Christi et Beatae Mariae Virginis, Opera, vol. X. Lib. II cap. III. De festo Sanctissimae Annunciationis. Die 25. Marti, Roma, Imp. Palearini, 1751, pp. 443 ss. [19] "Baste advertir que estas pinturas, é Imágenes, deben omitirse enteramente, y aún (según yo pienso) deben borrarse, ó quitarse, si todavía ha quedado alguna de ellas. Porque, si bien podrían interpretarse en otros sentidos píos, como observó un teólogo que escribió sobre estas materias [se refiere a Molanus, lib. 3, cap. 13]; sin embargo no veo por que deba hacerse tanto caso de dichas Pinturas (que por lo menos son rudas, y ridículas), que por ellas se haya de recurrir á un sentido muy remoto, y escondido". (Interián de Ayala, Op. cit., lib. IV, cap IV, nº 2, pp. 27-28). No conozco ningún caso documentado que haya sido voluntariamente destruido aunque si hay constancia de algunas obras en las que aparecía el motivo que hoy han desaparecido (vid. cat. Nº 72 y Nº 75). Especialmente significativo es el caso del retablo de Lluís Borrasá en la iglesia de Sta. Mª de Copons (cat. Nº 72) el cual se conserva completo excepto la tabla de la Anunciación, sustituida por una escultura. [20] EMMERICK, Anna Catalina, Visiones y revelaciones completas (4 vols.), Ediciones Guadalupe, Buenos Aires, vol. II, 1952, cap. XXIX, p. 186. |